Calculadora de finiquito e indemnización por despido
Calcula en 30 segundos lo que la empresa te tiene que pagar cuando terminas: vacaciones que no disfrutaste, pagas extra pendientes, días trabajados e indemnización.
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Cómo se calcula
El dinero que te tienen que dar al terminar son dos cosas distintas, y conviene no mezclarlas porque no siempre te tocan las dos.
1. El finiquito: siempre te lo deben
Da igual por qué te vayas —te despidan, te vayas tú o se acabe el contrato—: el finiquito te corresponde siempre. Es simplemente el dinero que ya has ganado y que aún no te han pagado. Se compone de:
· Los días trabajados del último mes que todavía no has cobrado.
· Las vacaciones que no has disfrutado, pagadas a razón de tu salario diario.
· La parte proporcional de las pagas extra, si las cobras aparte y no prorrateadas.
2. La indemnización: solo en algunos casos
Esto es distinto: es una compensación por perder el trabajo, y depende de por qué lo pierdes.
· Despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Por el tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012 se cuentan 45 días por año.
· Despido objetivo (causas económicas, ERE): 20 días por año, tope de 12 mensualidades.
· Fin de contrato temporal: 12 días por año.
· Si te vas tú por voluntad propia, o el despido es disciplinario y procedente: no hay indemnización.
Preguntas frecuentes
¿Es lo mismo el finiquito que la indemnización?
No, y es la confusión más habitual. El finiquito es dinero que ya te habías ganado y que la empresa te debe: se te paga siempre, incluso si te vas tú. La indemnización es una compensación por perder el empleo, y solo se cobra cuando el despido da derecho a ella. Puedes cobrar finiquito sin indemnización, pero nunca al revés.
¿Cuánto tarda la empresa en pagarlo?
Debe entregártelo el mismo día en que termina la relación, junto con el documento de finiquito. En la práctica muchas empresas lo abonan en la siguiente nómina. Si se retrasa, puedes reclamarlo.
¿Tengo que firmar el finiquito el mismo día?
No estás obligado. Y si firmas, puedes escribir a mano "no conforme" junto a tu firma antes de firmar: así dejas constancia de que recibes el dinero pero no aceptas las cantidades ni el despido. Firmar sin esa coletilla puede complicarte reclamar después.
¿Del finiquito me quitan impuestos?
Del finiquito sí: tributa como salario y lleva su retención de IRPF. La indemnización por despido, en cambio, está exenta de IRPF hasta el límite legal obligatorio (con un máximo de 180.000 €). Los importes que ves arriba son brutos.
¿Y si llevo menos de un año trabajando?
Se calcula igual, en proporción a los meses y días que hayas trabajado. No hace falta cumplir un año para tener derecho ni al finiquito ni a la indemnización.
¿Cobro el paro además de esto?
Son cosas independientes. Si te despiden y has cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años, tienes derecho a la prestación por desempleo aparte del finiquito y de la indemnización. Si te vas voluntariamente, por norma general no.